La Intendencia de Montevideo podrá recibir sugerencias o propuestas de particulares, cuyo objeto se concrete en la realización de obras públicas departamentales, en un mejor aprovechamiento de los espacios públicos departamentales o en la prestación de servicios que requieran infraestructuras ubicadas en bienes públicos departamentales.
Cuando las sugerencias o propuestas recibidas fueran valoradas positivamente, la Intendencia podrá declararlas de interés departamental, lo que la habilitará a convocar a llamados para la presentación de proyectos cuyo objeto coincida con los de las sugerencias o pospuestas consideradas de interés departamental.
El postulante cuya propuesta fuera seleccionada, total o parcialmente para licitar, estará exonerado totalmente de abonar el Precio de los Pliegos de la futura licitación y tendrá derecho a un incremento en la evaluación de su oferta del 5% (cinco por ciento) del puntaje final, de acuerdo con las bases que se fijen en la mencionada licitación.
En la referidas bases se dejará constancia a esos efectos, de la identidad del o los proponentes cuya idea es motivo de la licitación de la preferencia a que éste tiene derecho en la evaluación de la oferta y el monto de reembolso que deberá abonar el adjudicatario el autor de la idea para el caso que éste resultara perdidoso.
Para tener el tratamiento y preferencia que se mencionan en este artículo, el postulante cuya idea sea seleccionada para la licitación posterior, deberá suministrar oportunamente, información, datos y documento adicionales, indispensables para ser licitable la propuesta de que se trata.
Ver Res. IM Nº 1951/16 de fecha 9 de mayo de 2016, numeral 2º.