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D.2241.49

Las mejoras a los predios y las obras realizadas en los mismos por las instituciones concesionarias, requerirán el permiso de construcción o la autorización del servicio de Espacios Verdes, con asesoramiento del Centro Comunal Zonal (Juntas Locales) o el órgano que haga sus veces, y quedarán en beneficio de la propiedad departamental, en todos los casos, sin compensación de especie alguna, al término del plazo establecido. No se podrá realizar ningún tipo de obra sin autorización expresa de la Intendencia.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2241.49
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIII, Libro VIII, Parte L, Título V, Art. 2241.49
Fuentes
Fuente: 
art. 9
Administrativo
Órden: 
A.0008.0000.0000.0000.0000.D.0008.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.D.2241.0049.0000.0000.0000