Las afectaciones de los predios esquina (ensanche o ensanche y retiro) serán consideradas independientemente para cada vía. Sin embargo los porcentajes no se superpondrán, y no se sobrepasarán en su totalidad, los correspondientes a la vía de condiciones más restrictivas.
Notas:
Ver artículo 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/98.