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D.224.473.9

Norma General de edificación -
Todas las obras de reforma, ampliación o nuevas que se realicen en la zona definida en el Art. D. 473.7, deberán in­tegrarse a las caracterís­ti­cas dominantes en la cuadra o manzana donde se implanten sin que esto signifique subor­dinación estilística al­guna. En este sentido deberán con­templar en todos los casos que los elementos de composición arquitec­tónica tales como volumen, materiales, es­cala, color, propor­ción, entre vacíos y llenos y otros similares, ar­monicen plás­ticamente con el entorno cuya conser­vación es el objeto de esta sección. En todos los casos las obras deberán cumplir con lo es­tablecido en los artículos D.464 y siguien­tes sobre el área carac­terizada Car­rasco Punta Gorda (Sub-zona C1).
Antes de iniciar cualquier tipo de trabajo incluí­dos pin­tura de fachada, carteler­ía, jardines, cercos, etc., se deberá presen­tar el cor­respondiente an­teproyecto que tendrá que contar con aprobación de la Comisión Especial Permanente.

 

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
224.473.9
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título XI, Cap. IV, Secc. I.I, Art. 224.473.9
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
(art. D.473.9 del Vol. IV Urbanismo)
Fuente: 
art. 7
Observaciones: 
(art. D.473.9 del Vol. IV Urbanismo)
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
(art. D.473.9 del Vol. IV Urbanismo)
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0001.0001.0000.0000.0000.D.0224.0473.0009.0000.0000
Id: 
IV.I-D.473.9