Dentro del Área Testimonial (Sub-Zona "A") los usos del suelo admitidos son: residencial, cultural, comercial, educativo, artesanía o pequeños talleres, siempre que por la escala de su actividad no se desvirtúe el destino preferencial que es el de vivienda. Quedan expresamente prohibidos los depósitos (como destino principal o único, cualquiera sea su superficie) y los comercios con superficie total mayor a 150 m².