Campos Visuales Protegidos. Se identifican los Campos Visuales Protegidos, indicados en “Título I” denominado “Inventario Patrimonial del Centro de Montevideo y áreas de proximidad” en el Apartado III “De los Inventarios”, Libro III “Instrumentos Especiales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible”, cuyo contenido se formula en el artículo N.º 8 del presente Decreto.”