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D.225.1

Naturaleza y objeto. El Plan Parcial de Ordenación del Arroyo Pantanoso tiene naturaleza de instrumento especial de ordenación y desarrollo sostenible conforme a lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Ley Nº 18.308 de fecha 18 de junio de 2008, y por tanto sus determinaciones son vinculantes para los planes, proyectos y actuaciones de las instituciones públicas, entes y servicios del Estado y de los particulares.
El objeto, dentro de su ámbito territorial, es establecer los elementos básicos para la organización y estructura del territorio, y constituir el marco de referencia territorial para el desarrollo y coordinación de las políticas, planes, programas y proyectos de las administraciones y entidades públicas, y para las actividades de los particulares.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
225.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro III, Parte L, Apar. I, Cap. II, Art. 225.1
Fuentes
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
Art. 2 del Plan Parcial de Ordenación del Arroyo Pantanoso
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0003.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0001.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.D.0225.0001.0000.0000.0000