Parques lineales. El espacio público en los parques lineales será el resultado de un proyecto particular que articule los lineamientos del plan con las particularidades locales quedando definido a ambos lados del cauce de los cursos de agua por una faja parquizada y una calle de borde que limita el frente urbano.
Se definen los siguientes Parques Lineales:
a) Parque lineal Lezica: Arroyo Pantanoso entre Camino Colman y Rubio. Se integrará dentro de circuitos que incorporen los valores patrimoniales, equipamientos colectivos y espacios públicos del entorno.
b) Parque lineal Paso de la Arena: Arroyo Pantanoso entre la Av. Luis Batlle Berres y la calle Anatole France.
Se materializará asimétricamente con una margen derecha de paseo y apropiación pública y una margen izquierda de contemplación. Se vinculará con el Parque Tómkinson con la conformación del Parque lineal de Cañada Bellaca, y con el paseo aeróbico propuesto entorno al Parque agroalimentario.
c) Parque lineal Cañada Bellaca: Cañada Bellaca entre el Arroyo Pantanoso y Camino Cibils. Permitirá la continuidad entre el Parque Tómkinson y el Parque Lineal del Paso de la Arena.
d) Parque Agroalimentario. Paseo aeróbico: Definido en el Plan Parcial de Ordenación y Desarrollo Urbano de la Unidad Alimentaria de Montevideo y su Entorno (Decreto. Nº 35.369 de fecha 22 de enero de 2015). Se propone conectar este paseo con el Parque lineal del Paso de la Arena.
e) Renaturalización de Cañada Victoria: Entre Av. Luis Batlle Berres y el arroyo. Se plantea renaturalizar la Ca ñada Victoria y desactivar el pluvial Alaska.
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