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D.225.5

Seguimiento y evaluación del Plan. Corresponde a la Intendencia de Montevideo la realización de las actividades relacionadas con el seguimiento y evaluación del desarrollo del Plan. Estas actividades podrán ser realizadas por órganos de gestión que se creen a tales efectos.
La Intendencia de Montevideo, o el organismo en quien delegue, elaborará cada 5 (cinco) años un Informe de Seguimiento y Evaluación del Plan.
Los informes de seguimiento y evaluación del Plan tendrán por finalidad analizar el grado de cumplimiento de las determinaciones del Plan y proponer las medidas que se consideren necesarias en el corto plazo para incentivar el cumplimiento de sus objetivos.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
225.5
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro III, Parte L, Apar. I, Cap. II, Art. 225.5
Fuentes
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
Art. 6 del Plan Parcial de Ordenación del Arroyo Pantanoso
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0003.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0001.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.D.0225.0005.0000.0000.0000