Escaleras.
Las escaleras interiores deberán tener un ancho mínimo de 0.75 metros, contrahuella máxima (a) de 0.21 metros y huella mínima (b) de 0.22 metros y cumplir además la siguiente fórmula : 2a + b = 0.64 metros.
Si la escalera es curva o poligonal se admitirá compensarla de acuerdo a lo siguiente:
a. las huellas cumplirán la fórmula anterior en una línea de giro trazada a 45 cm. del limón menor o interior;
b. el ancho mínimo de la huella en el limón menor no podrá ser inferior a 15 cm.
El paso o altura libre de las escaleras será en todo el recorrido no inferior a los 2.00 metros medido en la vertical del vuelo o nariz del escalón.
Back to top