La Comercial – La Aguada – Arroyo Seco – Villa Muñoz
Para los predios en régimen general en el ámbito del “Inventario Patrimonial del Centro de Montevideo y áreas de proximidad” rige:
Las normas generales establecidas en el Capítulo III del presente decreto, Artículo N.º 11 y Artículo N.º 12 según corresponda.
Respecto a alturas, usos, FOS y retiros, rige lo establecido en los en la cartografía Anexos 12_1, 12_2, 12_3 y 12_4