Registro de establecimientos habilitados: La Intendencia de Montevideo confeccionará y mantendrá actualizado un Registro de Establecimientos destinados a Espectáculos Públicos que cumplan con las disposiciones del presente decreto y su reglamentación, otorgando la habilitación correspondiente. Se expedirán los permisos y los interesados dispondrán de un plazo determinado a partir de la reglamentación que dicte la Intendencia de Montevideo a fin de adecuar las instalaciones en los términos que establezca la reglamentación.