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D.3146.13

Los locales que tengan por destino alguno de los comprendidos en el Art. D.2890 del Digesto Departamental, se categorizarán a efectos de la obtención de su habilitación comercial y sus consecuentes condiciones de funcionamiento con arreglo a las siguientes disposiciones.

Por locales se entiende todo espacio abierto o cerrado precisamente delimitado.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3146.13
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte L, Título Único, Cap. XI, Secc. I, Art. 3146.13
Fuentes
Fuente: 
art. 1º
Administrativo
Órden: 
A.0013.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0011.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.D.3146.0013.0000.0000.0000