En los casos que corresponda y se solicite permiso para construir entarimado y baranda con ocupación de calzada, se deberá abonar una tarifa de ocupación de calzada que se calculará por la fórmula T = C x L, donde T es la tarifa mensual de ocupación de calzada, C es el costo de ocupación por metro lineal, paralela al cordón de entarimado, fijado por Resolución de la Intendencia y L la longitud del entarimado. La Intendencia adecuará el valor de C periódicamente.