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D.3263

Aleros y Cornisas
Los aleros y cornisas salientes de los planos límites de edificación deberán ajustarse a las condiciones siguientes:

a) aleros sobre accesos a la planta baja, salientes hacia la vía pública o áreas de retiro frontal y lateral:
1) La altura del plano límite inferior será de dos metros con cincuenta centímetros;
2) El voladizo máximo será de un metro con veinte centímetros;
3) El espesor máximo será de cuarenta centímetros.

b) aleros sobre otros vanos y muros:
1) La altura del plano límite inferior será de dos metros con veinte centímetros;
2) El voladizo máximo será de treinta centímetros;
3) El espesor máximo será de cuarenta centímetros.

c) cornisas:
1) El plano límite inferior: tres metros;
2) El voladizo máximo será de cincuenta centímetros;
3) El espesor máximo de cincuenta centímetros.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3263
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título I, Cap. VI, Secc. II, Art. 3263
Fuentes
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
Fuente: 
art. 6
Observaciones: 
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
inciso 3
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.D.3263.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.3263