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D.3278.1

Los toldos en la Avenida 18 de Julio entre la Plaza Independencia y la calle Javier Barrios Amorín deberán ajustarse a las siguientes condiciones:

1- Solo se admitirá su colocación en acceso a locales con destino hospedaje, y en acceso y como protección de vanos de locales destinados a alimentación, tales como confiterías, bares, restaurantes, cafés, heladerías, pubs, y similares. Para el caso de otros destinos podrá considerarse su admisión en función de la situación del entorno urbano y el aporte que la propuesta hace al mismo.

2- No se admitirá la colocación de soportes en la vereda ni cerramientos laterales en la cubierta.

3- Ubicación: Deberán estar ubicados inmediatamente por encima del dintel del acceso o vano a proteger.

4- Parámetros:
- Plano límite inferior: 2.50 metros, excepto en zona de ochava en cuyo caso será de 3.00 metros.
- Plano límite superior: 4.00 metros.
- Ancho máximo: podrá exceder en 0.20 metros el ancho del acceso o abertura a proteger.
- Plano límite de saliente: 2.00 metros, debiendo en todos los casos estar retirado como mínimo 1.00 metros del cordón de la vereda.
- Altura máxima del frente: 0.30 metros.
- Dimensión de elementos estructurales: su espesor será el mínimo compatible con su estabilidad y la escuadría máxima de los elementos de la estructura 0.10 metros.
- Distancia mínima a las divisorias laterales del predio: 0.15 metros.

5- Deberán estar construidos con elementos livianos y ser fácilmente desmontables.

6- Color: el color de los elementos que conforman la saliente deberá contar con la conformidad de la oficina competente, teniendo en cuenta las características del edificio soporte.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3278.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VII, Secc. IV, Art. 3278.1
Fuentes
Fuente: 
art. 18
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0007.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.D.3278.0001.0000.0000.0000