Escaleras livianas en patios. En las áreas libres de los espacios abiertos se podrá permitir la construcción de escaleras livianas de un ancho no mayor de 55 cm., siempre que sean sin contrahuellas y con barandas caladas.
Escaleras livianas en patios. En las áreas libres de los espacios abiertos se podrá permitir la construcción de escaleras livianas de un ancho no mayor de 55 cm., siempre que sean sin contrahuellas y con barandas caladas.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados