Para las manipulaciones de los explosivos en los depósitos, se cumplirán las siguientes condiciones:
a) Al entrar a los locales a depositar o retirar cualquier sustancia de las nombradas, se obligará a la persona que penetra, a ponerse guantes y calzar zapatillas especiales para esa maniobra, debiendo previamente despojarse de fósforos y de cualquier objeto de hierro que lleve consigo.
b) No se permitirá dentro de los depósitos efectuar trasvases ni reparar cajones o barriles, como tampoco se dejará que se arrastren los envases, sino que deberán ser transportados sobre la espalda o parihuela a propósito.
c) Por ningún motivo podrá entrarse de noche a los depósitos, salvo que en caso muy urgente lo requiera y entonces se hará uso de lámparas de seguridad especiales para ese objeto y que se encenderán o apagarán fuera de los locales y a distancia prudencial.
d) Cuando sea necesario efectuar examen a los explosivos, se sacarán fuera de los depósitos, a una distancia conveniente y se procederá a abrir los envases con cuñas y macetas de madera dura, apropiadas a ese objeto y sólo se hará uso de destornilladores de bronce, prohibiéndose absolutamente el manejo de herramientas de hierro.
e) En las maniobras de carga o descarga de los explosivos, se evitarán siempre los golpes violentos y todo roce.
Back to top
