Se establece como cantidad máxima que puede depositarse en cada local dentro del radio comprendido entre el Bulevar Artigas, Br. Batlle y Ordóñez y Arroyo Miguelete, la de un cajón con 23 kilos de dinamita o sus similares, con una tolerancia de dos kilos en cada caso y la de 40 kilos de pólvora de cantera en uno o más envases, con una tolerancia de cinco kilos en cada caso.
Para cada local comprendido en el radio exterior al Br. Batlle y Ordóñez y Arroyo Miguelete, se establece como cantidad máxima que puede depositarse, la de tres cajones con 23 kilos de dinamita o sus similares cada uno, con una tolerancia de dos kilos en cada cajón y la de 40 kilos de pólvora de cantera en uno o más envases, con una tolerancia de cinco kilos en cada caso.
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