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D.3632

El acceso a los servicios higiénicos no podrá efectuarse directamente desde la sala o tertulia. Las puertas que los comuniquen con los halls o circulaciones generales serán de vaivén. Si la comunicación hacia los servicios higiénicos se hiciera por escalera, éste tendrá un ancho mínimo de 1m.00, con pasamanos en uno de los lados y sus escalones, que no podrán tener más de 0m.18 de altura, cumplirán entre sus huellas "a" y sus contrahuellas "b" la relación de 2a+b=0,64, no contándose en el ancho de la huella, el vuelo de ésta sobre el plomo de la contrahuella.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3632
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XV, Parte L, Título IV, Cap. VII, Art. 3632
Fuentes
Fuente: 
art. 14
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0007.0000.0000.0000.0000.D.3632.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.3632