Los concurrentes a piscinas públicas deberán ser sometidos a un examen médico anual habilitante y poseer la documentación del mismo. Independientemente de ello no se permitirá el acceso a las piscinas de bañistas portadores de afecciones de la piel, inflamación de los ojos, oídos y vías respiratorias.
Todo concurrente a una piscina está obligado a tomar previamente un baño de lluvia completo, estando desnudo, con agua caliente y jabón.
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