Puertas de salida, pasajes, corredores, escaleras. En los establecimientos destinados a Espacio Cultural Independiente (ECI) el ancho de las puertas de salida, el de los pasajes generales, corredores, escaleras, etc., debe ser proporcional al número de los espectadores que deban utilizarlo, y se establecerá a razón de 1 (un) metro por cada 100 (cien) personas hasta las 300 (trescientas) personas o fracción. El ancho de los pasajes generales, corredores, escaleras y aberturas de salida no puede ser en ningún caso inferior a 1 (un) metro. Los medios de circulación deben conducir directamente a la salida a través de la linea natural de libre trayectoria que no debe estar interrumpida ni reducida en ningún punto. Cuando el piso bajo de la sala se encuentre a dos metros por debajo o por encima del nivel de la acera, el ancho de los pasajes y escaleras que la comuniquen con los vestíbulos y el exterior, se debe calcular aumentando en diez centímetros las bases establecidas en el presente artículo. Esas nuevas bases deben ser incrementadas con 5 (cinco) centímetros por cada metro de diferencia de nivel, a partir de los 2 (dos) metros. Los aumentos anteriores podrán dejarse sin efecto siempre que el piso bajo de la sala tenga salida directa a otra calle y esta salida no sea menor de un tercio que el correspondiente a sus salidas generales.
