No podrá autorizarse la instalación de establecimientos que vendan por el sistema de autoservicio a una distancia menor de trescientos metros de los mercados "Central", "de la Abundancia", "Agrícola", "Modelo" y de doscientos metros de los demás mercados. Las distancias serán medidas sobre el eje de las calles adyacentes, entre los puntos más próximos de los respectivos predios.