Back to top

D.224.537.25.40

Se crea una Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural con el cometido de promover y coordinar todas las intervenciones sobre las Areas de Paisaje Natural Protegido y las Areas de Prioridad Agrícola de la Zona Rural de Montevideo, a fin de preservarlas con sus valores de producción agrícola, ecológicos, paisajísticos, de patrimonio edilicio y urbanístico, sociales, culturales y turísticos. La misma deberá instalarse en un plazo máximo de 90 días a partir de la promulgación del presente Decreto.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
224.537.25.40
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título XI, Cap. IV, Secc. VII, Grupo 2, Art. 224.537.25.40
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Fuente: 
art. 9
Observaciones: 
(art. D.537.25.40 del Vol. IV Urbanismo)
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0007.0000.0000.0000.0000.I.0002.0000.0000.0000.0000.D.0224.0537.0025.0040.0000
Id: 
IV.I-D.537.25.40