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D.4107.31

La Intendencia de Montevideo, en el caso de los edificios y locales usufructuados por las instituciones referidas en el artículo D.4107.30, instrumentará la posibilidad de que el informe profesional sea realizado por un precio acorde a las características de las instituciones referidas, sea mediante acuerdo con las gremiales profesionales correspondientes o mediante el cobro de una tasa Profesional Departamental.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
4107.31
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XV, Parte L, Título VI.1, Cap. Único, Art. 4107.31
Fuentes
Fuente: 
art. 12
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 8
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0006.0001.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.4107.0031.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.4107.31