El área edificable por piso será la que rija en la materia. Área total edificada es la suma de las superficies de locales, entrepisos, salientes pórticos que componen los pisos del edificio, excluyéndose tanques de agua y chimeneas, cuartos de máquinas de ascensores, vivienda destinada al portero, balcones abiertos y terrazas, huecos de los ascensores y ductos de ventilación.