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D.4192

Letreros. Es obligatorio colocar en lugar bien visible dentro de la cabina, un letrero metálico con la inscripción:
CARGA MAXIMA           kilogramos
CAPACIDAD                  personas
Nº DE MATRICULA

En una chapa aparte, destinada a ser cambiada cuando se requiera, figurarán el nombre de la casa conservadora y el número de teléfono de reclamo.
En las mismas condiciones anteriores se colocará en la cabina un letrero con la inscripción:
"Prohibido Fumar I.M"

En la sala de máquinas, sobre cada tablero de comando, se colocará una chapa metálica con el nombre de la casa instaladora y el número de matrícula del ascensor respectivo.
La altura de las letras deberá ser, por lo menos, igual a seis milímetros, no permitiéndose la colocación de otros letreros referentes al funcionamiento y seguridad del ascensor, que los previstos en este artículo, salvo en los casos en que la Intendencia, por resolución fundada, autorice o intime la colocación de letreros con la finalidad indicada. En caso de comprobarse el transporte de cargas sobrepasando el límite admisible, se aplicarán las sanciones previstas en el artículo D. 4215.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
4192
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IXVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Secc. III, Art. 4192
Fuentes
Fuente: 
num. 4
Observaciones: 
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
Fuente: 
art. 34
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0009.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.D.4192.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.4192