Habilitación.
Las empresas de plaza que instalen, modernicen y mantengan las instalaciones comprendidas en este Capítulo deben estar habilitadas por la Intendencia de Montevideo. Para obtener esta habilitación dichas empresas deben cumplir con lo expuesto en el presente Capítulo y las reglamentaciones correspondientes. La forma de presentación de la documentación y demás recaudos se debe realizar según la reglamentación correspondiente.
Back to top