Regulación. Lo que se establece en la presente Sección y en su reglamentación, regirá a los interceptores y decantadores que se instalen en los sistemas de desagües de una edificación domiciliaria, comercial o industrial.
Regulación. Lo que se establece en la presente Sección y en su reglamentación, regirá a los interceptores y decantadores que se instalen en los sistemas de desagües de una edificación domiciliaria, comercial o industrial.
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