(Eficiencia en la contratación) Los funcionarios tienen la obligación de respetar estrictamente los procedimientos de contratación aplicables en cada caso y de ajustar su actuación en la materia a los siguientes principios generales:
a) flexibilidad
b) delegación
c) ausencia de ritualismo
d) materialidad frente al formalismo
e) veracidad salvo prueba en contrario
f) igualdad de los oferentes, concurrencia en todos los procedimientos competitivos para el llamado y la selección de ofertas, y amplia publicidad de las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios.
Notas:
Ver articulo 22 de la ley 19.823 del 18/09/2019.