Casos en que se utilizarán los pozos absorbentes. Los pozos absorbentes se abrirán con autorización previa de la oficina competente y a pedido del propietario, sólo en las zonas rurales. Esta autorización tendrá carácter precario y revocable. El permiso para usar un pozo absorbente caducará cuando se establezcan en el mismo predio o en el predio lindero, pozos manantiales u otras fuentes de agua potable, a menor distancia de cien metros.