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D.558.10

Responsabilidades emergentes del servicio. Los titulares de las Academias serán responsables de la conducta de sus instructores en los vehículos afectados a la prestación del servicio de enseñanza, así como de cualquier infracción o accidente protagonizado por dichos vehículos.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
558.10
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte L, Título II, Cap. I.1, Art. 558.10
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0001.0000.0000.0000.D.0558.0010.0000.0000.0000
Id: 
V-D.558.10