Obligaciones del Instructor. Los Instructores quedan obligados a:
a) Inscribirse en el Registro que llevará la División Tránsito.
b) Aprobar los cursos de Instructores que serán dictados por la Intendencia de Montevideo.
c) Lucir un aspecto higiénico y prolijo y vestir con sobriedad y pulcritud dispensando al usuario en todo momento, un trato cortés y correcto.
d) Identificarse en forma, toda vez que le sea requerido por el usuario o las autoridades.
e) Conducir con la máxima diligencia cumpliendo y haciendo cumplir a sus alumnos todas las normas de tránsito de carácter nacional o departamental.