Se establece una ESTRUCTURA RELACIONAL INTEGRADA que consistirá en una matriz de 22 GRADOS ocupacionales que refleja las diferencias de jerarquía relativa de los subescalafones y de sus respectivos niveles de carrera. Esta estructura contendrá los cargos comprendidos en las carreras mencionadas en los artículos D.79.17 a D.79.32.
La asignación monetaria de estos 22 grados constituirá la ESCALA SALARIAL SIR, correspondiente a sueldos básicos con igual dedicación horaria.
El valor del Grado 1 de la Escala SIR equivale al Salario Mínimo para el personal de la Intendencia y el valor del Grado 22 no podrá superar la retribución que se fije para los cargos de Director de División, para lo cual se tomará en cuenta la situación comparativa de los mismos al mes de setiembre de cada año.
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