La Intendencia de Montevideo como administradora del Fondo podrá ceder, ofrecer en garantía, fideicomitir o securitizar los activos del Fondo, en los términos y condiciones y con las garantías que considere adecuadas.
Si los activos del Fondo hubieran sido cedidos, afectados en garantía, fideicomitidos o securitizados total o parcialmente, las contribuciones se aplicarán hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones del Fondo por la operación realizada. La obligación de realizar las contribuciones cesará en el momento que la Intendencia de Montevideo haya constatado el cumplimiento pleno de las obligaciones asumidas por el Fondo, con el consentimiento del cesionario o beneficiario de los activos y notifique en tal sentido a las empresas obligadas al pago de la contribución.