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D.768.94

Los niños alumnos de escuelas públicas y privadas habilitadas por el Consejo de Educación Primaria tienen derecho a viajar gratuitamente en los vehículos afectados al transporte colectivo de pasajeros de lunes a sábados de 6:00 a 19:00 horas.

Para ello deberán vestir túnica blanca con moña o corbata azul o el uniforme con la insignia del colegio o instituto correspondiente. En este caso, en el exterior de su vestimenta, debajo y delante del hombro izquierdo, portarán un distintivo que incluirá la palabra ESCOLAR escrita con caracteres cuyas dimensiones mínimas sean de 10 milímetros de alto por 10 de ancho.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
768.94
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte L, Título I, Cap. I, Secc. I, Grupo X, Art. 768.94
Fuentes
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0010.0000.0000.0000.0000.D.0768.0094.0000.0000.0000
Id: 
V-D.768.94