Back to top

D.79.13.1

El Subescalafón Oficial Especializado comprende la Carrera 1311-1 Operador/Conductor de Vehículo Equipado Complejo. La incorporación de los funcionarios a la nueva Carrera se efectuará de acuerdo a la Reglamentación que se dicte a tales efectos.

El Subescalafón Oficial Especializado comprende las carreras del Escalafón Obrero en las que predominen los oficios o especialidades intermedias, con exigencias prácticas y teórico-técnicas de diversa magnitud; destreza en la operación y cuidado de herramientas y materiales; la utilización de instrumentos de medición y control; la operación y conducción de vehículos equipados complejos y el manejo de planos y especificaciones técnicas.

Se requiere haber aprobado el Ciclo Básico de UTU o similar; o tener educación Primaria completa más cursos específicos de 2 a 3 años de duración o demostrar idoneidad práctica equivalente.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
79.13.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título Único, Cap. VI, Secc. I, Grupo II, Art. 79.13.1
Notas: 

Por Res. IM Nº 2514/24 de fecha 10 de junio de 2023, se modificaron parcialmente los artículos 1 y 6 de la reglamentación del artículo 22 del Decreto Nº 38.156, sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 28 de octubre de 2022, promulgado por Resolución Nº 5558/22 de fecha 29 de diciembre de 2022, aprobada por Resolución Nº 0649/23 de fecha 31 de enero de 2023 y su modificativa Nº 0895/23 de fecha 14 de febrero de 2024.

 

Por Res.IM Nº 0649/23 de fecha 31 de enero de 2023 se aprobó el proyecto de Reglamentación del presente artículo incorporando la Carrera 1311-1 Operador/Conductor de Vehículo Equipado Complejo, cuyo artículo 1º fue modificado parcialmente por  Res.IM Nº 0895/23 de 14/02/23.-

 

Fuentes
Fuente: 
art. 22
Administrativo
Órden: 
A.0003.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.EEEE.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0002.0000.0000.0000.0000.D.0079.0013.0001.0000.0000