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D.860.9

DE LAS CATEGORIAS. Los vehículos afectados al servicio se clasificarán en:

TIPO A: Ambulancias de Emergencia y Traslados especializados. Se entiende por tales aquellas que trasladan pacientes graves o estables, no hospitalizados, que no se auto-conducen para su hospitalización, para estudios o tratamientos especializados. Se considera “grave” al paciente que tiene comprometida su vida, por lo que es necesario el apoyo médico para su traslado.

TIPO B: Ambulancias de avanzada para enfermos que no se auto-conducen. Se entienden por tales aquellas que trasladan pacientes no graves que no precisan apoyo médico para mantener la vida.

TIPO C: Ambulancias para el transporte de pacientes.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
860.9
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. VI, Art. 860.9
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0006.0000.0000.0000.0000.D.0860.0009.0000.0000.0000
Id: 
V-D.860.9