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Dejado sin efecto, modificación e incorporación de normativa

Por Res. IM Nº 4549/16 de fecha 13 de octubre de 2016, numeral 1º se dejó sin efecto la normativa referente al uso del cinturón de seguridad en los conductores de taxi; numerales 2º,3º, 4º, 5º y 6º se modioficó la normativa del servicio de vehículos con taxímetro en cuanto a años de antigüedad del veículo, medidas mínimas de su habitáculo, sistema de aviso de localización de seguridad o auxilio, color y calcomanías de tarjetas de crédito; numeral 7º incorpora normativa acerca dela cilindrada mínima.

Ver Artículos R.500.1, R.502, R.503, R.506, R.507.1, R.507.2.1, R.507.2.7, R.507.2.8 y R.507.2.9 del Volumen V.