Back to top

Derogación Parcial

Por Dto. JDM Nº 35.904 de 16 de junio de 2016 se Derogó parcialmente el artículo 379 del TOTID en lo referente a la exoneración del impuesto a la propaganda con relacion a los Entes Industriales y Comerciales del Estado comprendidos en el artículo 221 de la Constitución Nacional.

Ver artículos, A.379 y A.379.1 del TOTID.