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Se incorpora el artículo 431.13.1 al Título VII Departamento de Recursos Financieros, Capítulo II
Servicio de Ingresos Vehiculares, Sección I Patente de Rodados, Segunda Parte. Exoneraciones del TOTID, atendiendo a que por Res. Departamento Nº 2240/21/2000 de fecha 20 de agosto de 2021 se estableció una exoneración a los permisarios del servicio de transporte de esolares del pago del 100% del tributo de Patente de Rodados correspondiente al año 2021, respecto de los vehículos afectados al cumplimiento de dicho servicio en la forma que se indica en el artículo 2º del referido decreto.