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Incorporación del art. 79.13.1 a la Sección I “De los Escalafones y Subescalafones" del Digesto Departamental

Por Dto. JDM Nº 38.156 de 29/12/22 (art. 22) se incorpora el art. 79.13.1 a la Sección I, “De los Escalafones y Subescalafones”, Capítulo VI “Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)”, Título único “Del estatuto del funcionario”, Parte Legislativa, Libro II “De la relación funcional” del Volumen III “Relación Funcional” del Digesto Departamental, el cual dispone que el Subescalafón Oficial Especializado comprende la Carrera 1311-1 Operador/Conductor de Vehículo Equipado Complejo y que la incorporación de los funcionarios a la nueva Carrera se efectuará de acuerdo a la Reglamentación que se dicte a tales efectos.