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Por Res. IM Nº 3989/14 de 8/09/2014, se estableció que a partir de la aprobación de la misma el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios No Personales, aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto Nº 131/014 de fecha 19 de mayo de 2014, será el único aplicable en todos los casos por esta Administración. Por ello se resolvió sustituir el texto del artículo R.990 del Volumen VIII del Digesto Departamental.
Ver art. R.990 del Volumen VIII del Digesto Departamental.