Enviado por im4671800 el
Por Res. IM Nº 388/16 los bicicletarios en espacios públicos o privados deberán cumplir con las determinadas características.
Ver arts. R. 424.138.1 y R. 424.138.2 del Volumen V del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 388/16 los bicicletarios en espacios públicos o privados deberán cumplir con las determinadas características.
Ver arts. R. 424.138.1 y R. 424.138.2 del Volumen V del Digesto Departamental.
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