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Incorporación de normativa

Por Dto. JDM Nº 35.935 de 13 de junio de 2016, se incorpora al artículo D.4216.1, las condiciones de seguridad mínima que deberán cumplir las instalciones ya existentes al momento de la aprobación de la referida norma.

Ver artículo D. 4216.1 del Volumen XV del Digesto Departamental.