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incorporación de Normativa.

Por Dto Nº 36.045 de fecha 12 de setiembre de 2016 se procedió a incoporar normativa, en la cual, se faculta a la Intendencia de Montevideo a reliquidar los recargos por mora y a exonerar de multas y recargos a las deudas por concepto de tributos y precios de emisión periódica de cuentas corrientes que se encuentran cerradas (cuentas truncas). Asimismo se faculta a la Intendencia a otorgar a las personas físicas buenos pagadores de Contribución Inmobiliaria, Tasa General y Tarifa de Saneamiento, un régimen de bonificaciones porcentuales sobre el monto de la respectiva tarifa o tributo, lo que se efectivizará a través de un sorteo.

Ver artículos: 53 y 54, 20.20.1, 20.20.2, 20.20.3, 20.20.4, 20.20.5, 20.20.6, 20.20.7, 310.6.10, 310.6.11, 310.6.12 , 310.6.13, 448.10, 448.11, 448.12,  448.13, 535.7, 537.8, 538.9.