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Por Res. IM Nº 0642/25 de fecha 16 de febrero de 2025 se incorporaron los artículos A.31.2.4 y A.31.2.5 al TOBEFU referente a las partidas extraordinarias para inspectores, jefes operativos, encargados operativos, subdirecciones operativas y central de monitoreo, así como para los administrativos, choferes u otras tareas pr las cuales acceden al régimen establecido en la Res. IM N.º 4654/24 de fecha 31 de octubre de 2024 y su modificativa Res. IM Nº 4861/24 de fecha 18 de noviembre de 2024.