Cada Servicio, Unidad u otra Repartición con el asesoramiento a que se refiere el artículo anterior, evaluará las actuaciones o materiales que posea, discriminando los que proceda conservar, de aquellos que corresponda eliminar. Estos últimos serán enviados a tales efectos al Servicio de Imprenta y Reproducciones, acompañados de Inventario de Eliminación en tres vías: la primera para el propio Servicio; la segunda para el Archivo de la Ciudad de Montevideo y la tercera para el Servicio de Imprenta y Reproducciones.