Tanto en los cursos de perfeccionamiento, como en los de capacitación, el Intendente podrá disponer que se dicte un cursillo sobre relaciones sociales, tendiente a establecer un mejoramiento de las relaciones del funcionariado con el público. Este cursillo estará a cargo de un profesor designado por el Intendente, a propuesta del Director de Casinos de la Intendencia y será de asistencia obligatoria, en las condiciones exigidas por los artículos R. 1152.199 y R.1152.204.