La Intendencia se reservará el uso de 2 (dos) stands de tres metros de longitud y otros 2 (dos) de seis metros de longitud, a los efectos de difundir sus actividades culturales o la de otras instituciones invitadas. La Comisión Especial coordinará con ellas el programa a desarrollar en dichos stands. La ubicación de dichos stands será previamente determinada por la Comisión Especial y los mismos no serán incluidos en el sorteo a que hace referencia el artículo R. 1171.19 del presente Capítulo.